jueves, 30 de mayo de 2019

Ayuda para la adquisición de material escolar para el alumnado de Infantil, Primaria y Secundaria

Esta convocatoria tiene por objeto dotar una prestación económica para la adquisición de material escolar, con el fin de mejorar las necesidades socioeconómicas desfavorables de sus beneficiarios y tiene un marcado interés social, pues pretende facilitar el acceso a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales e impulsar unos mejores servicios educativos para toda la sociedad.

A tal efecto la presente convocatoria se dirige al establecimiento y la regulación del régimen de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para la adquisición de material escolar para los alumnos que cursen estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria durante el curso 2019/2020 en el municipio de Valladolid.

Las ayudas tendrán un importe de 60 euros por alumno, y se establecen ayudas para un máximo de 1.000 alumnos.

La ayuda estará limitada a 240 euros por familia.

Las ayudas se abonarán a las familias, anticipadamente y una vez dictada resolución, mediante transferencia a la cuenta corriente que figure la documentación aportada (punto H).

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BENEFICIARIOS

Podrán acogerse a estas subvenciones, en las condiciones establecidas en las presentes bases: todos los alumnos que cursen los estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria durante el curso 2019/2020 en centros sostenidos con fondos públicos y estén ubicados en el municipio de Valladolid, cumplan los requisitos exigidos en estas bases y hayan presentado solicitud de ayuda al amparo de las mismas; los alumnos deberán estar empadronados en el municipio de Valladolid durante todo el curso escolar.

REQUISITOS

Se concederán las ayudas reguladas en estas bases a los alumnos cuyas familias reúnan, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
  1. Haber presentado la solicitud de ayuda, acompañada de la documentación exigida en las bases, en los términos, plazos y lugares señalados.
  2. Haber asistido habitualmente a clase durante todo el curso escolar precedente y asistir habitualmente a las clases durante el curso escolar para el que se concede la ayuda. El posible absentismo será valorado de oficio por el Ayuntamiento de Valladolid, a través del personal adscrito al programa municipal “Absentismo Escolar”, denegando la ayuda a aquellos alumnos cuyo porcentaje de ausencias no justificadas supere el 19% del cómputo anual de horas lectivas del curso 2018-2019 o exigiendo la devolución de la ayuda
    concedida, en caso de comprobarse con posterioridad.
  3. Los ingresos de la Unidad familiar no deben superar los 18.798,97 € brutos anuales para familias de hasta cuatro miembros o familias monoparentales de hasta tres, incrementándose esta cantidad para familias de 5 o más miembros en 3.007,84 € por cada miembro superior a cuatro.
  4. En el momento de presentar la solicitud deberá hallarse al corriente de sus Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (art. 13 LGS), así como al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Valladolid. Quedarán excluidos de este procedimiento de concesión de ayudas los solicitantes que no cumplan este requisito.
  5. No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario reguladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  6. No estar pendiente de justificar documentalmente prestaciones concedidas con anterioridad.

SOLICITUDES: FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

  1. Las solicitudes habrá que presentarlas debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, formalizándose en el modelo oficial (Anexo I), que
    se adjunta.
  2. Las solicitudes serán firmadas por la madre, padre o representante legal del menor, excepto en los supuestos de separación o divorcio de los padres, que serán firmadas únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor. El firmante de la solicitud deberá ser el titular de la cuenta bancaria donde se desea que se ingrese la ayuda.
    En caso de presentar más de una solicitud, se tendrá en cuenta la última solicitud presentada en el tiempo, dentro del plazo previsto en el apartado tercero de esta base.
    Se presentará una solicitud por familia, en la que se hará constar todos los datos de todos los alumnos que integran la unidad familiar con derecho a ayuda y para los que se solicita la misma.
  3. Desde el día 31 de mayo, hasta el próximo día 20 de junio.

LUGARES Y MODOS DE PRESENTACIÓN

Presencial

Registro General del Ayuntamiento (Pza. Rinconada s/n)
Horario: De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas
Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo

Telemática

En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ENLACES

Información en la página web del Ayuntamiento
Convocatoria y bases de la ayuda
Solicitud de la ayuda escolar
Trámite en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valladolid

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